La competencia está repartida, y ahí se pierden las denuncias
En España no hay una única ventanilla para esto, y mandar el aviso al organismo equivocado es la razón más frecuente de que un vertido siga ahí meses después.
Como regla práctica: si está en suelo urbano, en una calle, un solar del casco o un contenedor desbordado, es del ayuntamiento. Si está en el monte, en un camino rural, en un barranco o en un espacio protegido, y sobre todo si el volumen es grande, entra el SEPRONA de la Guardia Civil, y la tramitación sancionadora suele acabar en la consejería de medio ambiente de tu comunidad autónoma.
Los tres caminos no son excluyentes. En las actuaciones del SEPRONA sobre vertidos, la documentación se remite tanto a los ayuntamientos afectados como al organismo autonómico competente, que son quienes continúan el expediente.
Cuándo es el 112 y no una denuncia
Hay casos que no son un aviso, son una emergencia: bidones que gotean, olor químico fuerte, un vertido que llega a un cauce de agua, fibrocemento roto y disperso, o cualquier cosa ardiendo o humeante.
Ahí se llama al 112 y no se toca nada. Una denuncia administrativa es una cola; un vertido peligroso activo no puede esperar en una cola.
Qué tiene que contener la denuncia
La diferencia entre una denuncia que prospera y una que se archiva casi siempre está en las pruebas, no en la indignación.
- Ubicación exacta, en coordenadas si es posible. En campo abierto una dirección postal no sirve de nada
- Fotografías: una de cerca que muestre de qué residuo se trata y otra general que permita reconocer el sitio
- Qué es: escombro de obra, muebles, neumáticos, restos vegetales, bidones, uralita. El tipo decide quién tiene competencia y qué sanción cabe
- Volumen aproximado, con una referencia visible al lado (un coche, una farola, una persona)
- Fecha, y si es un sitio que ya conocías, desde cuándo
- Cualquier indicio de autoría que se vea sin buscarlo: albaranes, etiquetas, rótulos de empresa. No hay que rebuscar entre los residuos
Lo que no conviene hacer
- No lo limpies por tu cuenta antes de denunciarlo. Es bienintencionado y destruye la prueba que obligaba a alguien a responder
- No manipules bidones, sacos cerrados ni nada que pueda contener químicos o amianto
- No sigas ni fotografíes a personas para identificar al autor. Eso es trabajo de la autoridad y te expone a ti
- No des por hecho que alguien ya lo ha denunciado: es la razón más común de que nadie lo haya hecho
Qué sanciones prevé la ley
La Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados califica el abandono, incluida la basura dispersa y el vertido incontrolado de residuos no peligrosos, como infracción grave en su artículo 108.3.c) cuando no se ha puesto en peligro grave la salud ni se ha causado daño ambiental serio.
El artículo 109 fija las bandas: leve hasta 2.000 euros, grave de 2.001 a 100.000 euros y muy grave de 100.001 a 3.500.000 euros, tratándose de residuos no peligrosos. Con residuos peligrosos las cifras suben, hasta 600.000 euros en grave y hasta 3.500.000 en muy grave.
Sube a muy grave cuando ha habido peligro grave para la salud de las personas, daño o deterioro grave del medio ambiente, o cuando el vertido se ha producido en un espacio protegido.
Dicho con honestidad: una bolsa junto a un contenedor no acaba en esa escala. Eso se tramita por la ordenanza municipal, con importes muy inferiores. Las cifras grandes existen para el vertido de obra en un camino, para el vertedero incontrolado y para lo que se hace con camión.
Por qué conviene registrarlo también en público
Un vertido denunciado y retirado vuelve a aparecer en el mismo sitio con una frecuencia que sorprende a quien no lo ha visto. Los puntos de vertido se repiten porque las razones que los crean son estructurales: acceso rodado, sin vigilancia de noche, lejos de un punto limpio.
Una denuncia suelta consigue una retirada. Un historial fechado y fotografiado del mismo punto es otra cosa: es el argumento para una barrera, una cámara, señalización o un punto limpio más cercano. En CleanSpot cada aviso queda con fotografía, fecha y coordenadas en un mapa público, y reabrir el mismo punto cuando vuelve a ocurrir es lo que construye esa serie.
No sustituye a la denuncia ante la autoridad y no lo presentamos como si lo hiciera. Es la prueba que la denuncia normalmente no tiene.
Fuentes
¿A quién denuncio un vertido en un camino rural?
Al SEPRONA de la Guardia Civil, y en paralelo al ayuntamiento del término municipal. La tramitación sancionadora suele corresponder a la consejería de medio ambiente de tu comunidad autónoma.
¿Y si está en una calle o en un solar del pueblo?
Al ayuntamiento, que es competente en residuos urbanos y en la limpieza viaria. Si el solar es privado, el ayuntamiento puede requerir al propietario que lo limpie.
¿Puedo denunciar de forma anónima?
Puedes comunicar el hecho sin identificarte, pero una denuncia formal identificada tiene más recorrido procedimental. Si te preocupa, pregunta en el propio organismo antes de presentarla.
¿De verdad las multas llegan a millones de euros?
La banda muy grave de la Ley 7/2022 llega a 3.500.000 euros, sí, pero se aplica a conductas graves como el vertido con daño ambiental serio o en espacio protegido. Un caso doméstico se tramita por ordenanza municipal, con importes muy inferiores.
¿Debo limpiarlo yo si puedo?
No antes de denunciarlo. Retirar los residuos elimina la prueba, y en un vertido de obra puede haber amianto o químicos que no deben moverse a mano. Documenta primero.